¿Puedo ausentarme del trabajo para ir a votar?

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece que los empleados tienen derecho a “ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal” como es votar,
Ante este vacío legal, según detalla el sindicato, rige lo establecido por el Real Decreto 605/1999 de 16 de abril, que establece para personas con jornadas completas un máximo de cuatro horas libres retribuidas. Pero “el número de horas se relaciona con las horas de trabajo coincidentes con las de apertura de las urnas”, que es de nueve de la mañana a ocho de la tarde, precisa UGT. Así, si la jornada laboral no coincide con el horario de votación o lo hace en menos de dos horas, los empleados no tienen derecho a permiso porque puede ir a votar en su tiempo libre. Cuando lo hace en más de dos horas pero en menos de cuatro, el trabajador podrá cogerse un máximo de dos horas, mientras que si coinciden entre cuatro y seis horas, el permiso es tres horas. Lo más habitual es que las jornadas se solapen en más de seis horas, por lo que el empleado dispone de cuatro horas, el máximo legal, para ir a votar.